De acuerdo con la legislación europea vigente ratificada por la UE a través del Acuerdo de París y sus posteriores convenciones, a partir de 2021, la utilización de créditos internacionales para la compensación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a la atmósfera quedará sin efecto. Del mismo modo, el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (RCDE UE), actual regulador los créditos internacionales quedará anulado (fuente: balance del progreso logrado en la COP de Katowice, 26/10/2018).
Dicho en otras palabras, cada Estado miembro debe garantizar una política de “deuda cero” con respecto a las emisiones de CO2. El cómputo global de las emisiones generadas debido a los GEI (definición de Huella de Carbono) debe compensarse en su totalidad por una absorción equivalente de CO2.
La futura y actual Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece exigencias respecto al tratamiento de la Huella de Carbono. En particular, contempla criterios relativos a la reducción de emisiones dirigidos específicamente a la lucha contra el cambio climático. En España existen diferentes organizaciones certificadas que calculan la Huella de Carbono de una determinada empresa o producto.
De igual modo, para fomentar no solo el cálculo, sino la compensación de la Huella de Carbono, el gobierno de España ha lanzado una serie de iniciativas e incentivos económicos para apoyar estas reducciones, cuyos pilares principales son los Proyectos Clima y el Proyecto PIMA.
Sin embargo, llegados a este punto es probable que nos preguntemos… ¿cómo se puede compensar la Huella de Carbono generada por nuestra empresa o producto?
LAN FORESTAL S.L.U. ofrece una solución integral al problema, basada en la construcción de sumideros de carbono. El objetivo final de estos sumideros es la absorción de GEI.
Nuestro enfoque es simple, una vez establecidos por un organismo certificado las emisiones de CO2, nosotros nos encargamos de compensarlas. Realizamos el cálculo de los m3 equivalentes de vegetación necesaria (dependiendo del tipo de planta, terreno, clima, etc), nos encargamos de buscar una localización en la cual se pueda llevar a cabo la construcción del sumidero y realizar los trámites para que la parte interesada sea la propietaria de los derechos de emisión de este sumidero de carbono durante un periodo de tiempo preestablecido.
La parte interesada solamente debe aportar la información inicial y el capital requerido para la construcción del sumidero de carbono. Este ejercicio se basa en la filosofía Win-Win, en la cual todos ganamos.